«Es un proceso integral que se da en toda la vida del individuo y que busca generar en este
los conocimientos, las actitudes, los valores y las prácticas necesarias para desarrollar sus
actividades en forma ambientalmente adecuada, con miras a contribuir al desarrollo
sostenible del país (numeral 1 del artículo 127 de la Ley N-» 28611).
El Ministerio de Educación y el Ministerio del Ambiente tienen, por ley y por relativa y
complementaria especialización funcional, co-responsábilidad en la educación ambiental. El
primero orienta la educación ambiental formal, mientras que el segundo orienta la educación
ambiental comunitaria.
Educación ambiental formal
La educación ambiental formal busca integrar al sistema educativo en particular a las
instituciones de formación básica regular para que se constituyan en actores claves o
protagonistas del programa.
En lógica de las funciones y competencias municipales, la intervención posible conlleva al
menos dos escenarios: a) articular las prioridades de la gestión ambiental municipal al
proceso educativo formal (proponer las prioridades ambientales a atender como objeto del
proceso educativo y perfilar las competencias ciudadano-ambientales deseables a formar a
nivel local); y, b) inducir el protagonismo de niñas, niños, adolescentes y jóvenes a la
realización de valores (buenas prácticas ambientales), como al ejercicio de la iniciativa
ambiental (gestión de proyectos) como expresiones objetivas de su formación como
ciudadanos y ciudadanas ambientalmente responsables.
Para ello, las municipalidades consideran como actores claves a los estudiantes de las
instituciones educativas de educación básica regular (inicial, primaria y secundaria).
Así, las municipalidades pueden ¡involucrar a los escolares de su ámbito, incentivando y
apoyándolos en la formación de promotores ambientales escolares y promoviendo el
desarrollo de proyectos educativos ambientales de manera articulada con las instancias de
coordinación del Ministerio de Educación (Direcciones Regionales de Educación y/o
Gerencias Regionales de Educación y/o Unidades de gestión Educativa Local).
Educación Ambiental comunitaria
La educación ambiental comunitaria remite a procesos multiactores que buscan incrementar
el conocimiento ambiental local sobre los problemas o potencialidades ambientales
existentes y, sobre todo, ¡involucrara la acción y hacer partícipe a la población de los cambios
o mejoras ambientales efectivas de su ámbito.
Para ello, el Programa Municipal EDUCCA considera tanto espacios públicos (abiertos y
cerrados), como modalidades de acción (personal, familiar, comunitario) para fomentar la
sensibilización, el cambio cultural y, esencialmente, el ejercicio de ciudadanía ambiental por
parte de la población local.
Como espacios públicos abiertos pueden considerarse los parques, plazuelas, alamedas,
mercados, paraderos, terminales terrestres, malecones, entre otros, en donde se pueden
cumplir un rol de «espacios educadores» de manera lúdica a quienes los visitan. Para ello se
deberá acondicionar con infografías, carteles, mobiliarios, entre otros, con mensajes alusivos
a la temática ambiental, así como el desarrollo de actividades educativas como festivales,
ferias, proyección de películas, cuentacuentos y más.
Como espacios públicos cerrados pueden ¡identificarse las bibliotecas municipales, cines,
teatros, coliseos, entre otros, que propician la realización de deferentes acciones de
educación ambiental, dado que a ellos concurren niñas, niños, adolescentes, jóvenes y
adultos en activa búsqueda de ¡información, recreación e interacción cultural.
En estos espacios se podrá informar y sensibilizar a la población, propiciar el diálogo y
fomentar la reflexión sobre los problemas y potencialidades ambientales locales, pero
especialmente impulsar el desarrollo de buenas prácticas ambientales.